¿Cuándo un Contrato de Servicios Puede Transformarse en un Contrato Laboral?
El contrato de prestación de servicios tiene por objeto formalizar una relación laboral independiente, donde el contratista goza de autonomía y no está subordinado al control directo del contratante. No obstante, en muchos casos, los elementos de control, subordinación o dependencia económica convierten estos contratos en lo que la legislación colombiana denomina contratos realidad. El contrato realidad tiene implicaciones significativas, ya que obliga al contratante a cumplir con todas las obligaciones laborales correspondientes a un contrato de trabajo.
¿Qué es un contrato realidad?
Un contrato realidad es una relación contractual que, aunque formalmente es de prestación de servicios, en la práctica cumple con los requisitos de un contrato laboral. La Corte Constitucional ha sido clara en su jurisprudencia al establecer que si se presentan los elementos de subordinación, dependencia económica y cumplimiento de horarios fijos, se puede inferir que existe una relación laboral encubierta. Esta reclasificación implica que el contratante debe asumir todas las responsabilidades laborales, incluidas las prestaciones sociales, el pago de seguridad social y la indemnización por despido sin justa causa【1】【2】.
Elementos del contrato realidad
Para que un contrato de prestación de servicios sea transformado en un contrato laboral, deben estar presentes los siguientes elementos esenciales:
Subordinación: Se refiere al control que ejerce el contratante sobre cómo el contratista realiza sus actividades, lo que limita la libertad de decisión.
Dependencia económica: Cuando el contratista depende de manera exclusiva o casi exclusiva de los ingresos provenientes de un solo contratante.
Horario fijo: Si el contratante impone un horario laboral, se considera una señal de subordinación, lo que rompe con la autonomía propia del contrato de prestación de servicios【3】【4】.
Consecuencias de la transformación a contrato laboral
Cuando un juez determina que un contrato de prestación de servicios en realidad es un contrato laboral, el contratante puede enfrentarse a sanciones económicas y la obligación de pagar todas las prestaciones laborales no recibidas por el contratista. Esto incluye:
Prestaciones sociales retroactivas: El contratante deberá pagar cesantías, primas de servicios y vacaciones que no se otorgaron durante la duración del contrato【3】【5】.
Aportes a seguridad social: Además de las prestaciones sociales, el contratante debe hacer los aportes correspondientes a pensión y salud, de acuerdo con la Ley 100 de 1993【5】.
Conclusión
La autonomía en un contrato de prestación de servicios es esencial para mantener la separación entre una relación laboral y un contrato de servicios independiente. Cuando se presentan elementos de subordinación o dependencia económica, se corre el riesgo de que la relación sea transformada en un contrato realidad. Esto implica una serie de obligaciones laborales que el contratante deberá asumir. Para evitar este tipo de situaciones, es fundamental redactar los contratos de manera clara y garantizar que el contratista mantenga su autonomía【3】【5】.
Referencias
Corte Constitucional de Colombia. (2017). Sentencia SL3859-2017.
Gerencie.com. (2024). Contrato de prestación de servicios. Recuperado de https://www.gerencie.com/contrato-de-servicios.html.
Zanabria, J., González, P., & Becerra, A. (2019). Eficiencia en la gestión pública: Retos y desafíos del contrato de prestación de servicios en Colombia. Bogotá: Editorial Jurídica.
Colombia. Código Civil Colombiano. (1887). Ley 57 de 1887.
Colombia. Congreso de la República. (1993). Ley 100 de 1993.
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